Órganos auxiliares consultivos de dirección, funcionamiento del consejo de dirección en el Ministerio de Salud Pública
Palabras clave:
consejo de dirección, órganos consultivos de dirección, funcionamiento.Resumen
Introducción. El Ministerio de Salud Pública en su reglamento orgánico, conceptualiza al órgano auxiliar como la unidad organizativa que no tiene funciones rectoras en el sistema del organismo y su actividad se centra en el aseguramiento del trabajo de otros órganos o personas y al órgano consultivo, como la estructura no profesional que asesora y presenta proposiciones y recomendaciones al jefe correspondiente, en los asuntos de su competencia. Objetivo. Presentar la integración de los órganos consultivos de dirección y el funcionamiento del consejo de dirección.
Posicionamiento del autor. Es importante establecer y uniformar el método para el funcionamiento de los órganos consultivos de dirección, los cuales son los responsables de asistir al máximo directivo de la institución, establecer el marco legal para la creación de estos, a partir de leyes, decretos, reglamentos y resoluciones vigentes, permite la transparencia y la guía del comportamiento en el ejercicio del gobierno, además, permite asegurar derechos, generar obligaciones, entre otras funciones que son fundamentales en el proceso de mejorar la gestión pública, para incrementar la eficacia y eficiencia del sector público con beneficio directo en los ciudadanos. Continuar el perfeccionamiento de los órganos consultivos y el funcionamiento de los consejos de dirección es de vital importancia.
Conclusiones. La implementación de los órganos consultivos y su adecuado funcionamiento contribuye a la generación del conocimiento y formas de actuación de los directivos de la salud en cualquier nivel en que se desempeñen.
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